Sala Constitucional (CRH)
La Sala Constitucional condenó al Ministerio de Educación Pública (MEP) y a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), por abstenerse a brindar información en el plazo establecido por ley a CRHoy.com.
Inicialmente, en un recurso presentado a la Sala IV, se expuso varias solicitudes que llevaban meses sin tener respuesta, pese a las reiteradas ocasiones en las que se pidió a las instituciones la información.
En el caso del MEP, hubo varias consultas relacionadas con las investigaciones contra la directora de Recursos Tecnológicos, Fressy Aguilar, mismas que no fueron respondidas durante meses y no fue hasta después de interponerse el recurso que el MEP brindó la información.
Los recurrentes manifiestan que el 22 de febrero de 2024, el accionante remitió una solicitud de información ante la autoridad accionada (al MEP), a través de correo electrónico; empero, no ha obtenido respuesta alguna. Asimismo, aducen que el 5 de marzo anterior se envió otro correo electrónico con una gestión adicional; sin embargo, la información tampoco ha sido suministrada, se detalla en el recurso.
La Sala incluso aseguró que los correos donde se remitieron las consultas corresponden a los medios oficiales del MEP, donde no se emitieron las respuestas.
“Los correos electrónicos a los cuales los recurrentes remitieron las solicitudes de información constituyen medios oficiales previstos por la autoridad accionada para la recepción de gestiones de usuarios. (Hecho incontrovertido)”, detalla la Sala.
Sobre el tema, la ministra de educación, Anna Katharina Müller, respondió a la sala fuera del plazo que los magistrados le había otorgado y expuso que:
PRIMERO: Por medio de las cuentas de correo electrónico [email protected] y [email protected] en fechas 15 de mayo de 2024 y 19 de marzo de 2024, respectivamente, se le proporcionó respuesta a la solicitud del recurrente. (correos electrónicos adjuntos).
En virtud de lo expuesto, queda demostrado que desde esta cartera ministerial ya se le brindó respuesta al recurrente, con respecto de la información solicitada objeto del presente recurso de amparo, detalla la ministra.
Ante esto, la Sala declaró parcialmente con lugar el recurso por falta de respuesta por parte del MEP.
“Se declara parcialmente con lugar el recurso, únicamente en relación con la falta de respuesta completa a las solicitudes de información incoadas el 22 de febrero y el 5 de marzo del año en curso. Se ordena a quien ocupe el cargo de ministra de Educación Pública, que gire las órdenes pertinentes y lleve a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus respectivas competencias para que, dentro del plazo máximo de TRES DÍAS, contado a partir de la notificación de esta sentencia, se atiendan de manera completa las gestiones interpuestas por los accionantes el 22 de febrero y el 5 de marzo de 2024, y se les brinde la información requerida”, se lee en el por tanto.
Asimismo, se condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de la vía contencioso administrativo.
Contra la CCSS
Igualmente, en el caso de la Caja, la periodista de salud solicitó información a la institución, sin embargo, no hubo respuesta en el tiempo establecido por ley.
El pasado 6 de marzo, se solicitaron las actas de las sesiones de Junta Directiva y la oficina de prensa de la CCSS indicó que analizarían la confidencialidad.
Luego, el 21 de marzo se solicitó una lista de los temas que se han declarado como confidenciales para las sesiones de Junta y la Sala no tiene evidencia de que esta solicitud haya sido contestada a la periodista.
“No se desprende de la prueba aportada por la parte recurrida que la información gestionada el 21 de marzo de 2024, esto es: “el listado de los temas que se han declarado confidenciales para las sesiones de Junta Directiva del 1 de diciembre de 2023 al 21 de marzo de 2024, la fecha en la que se declaró confidencial y las sesiones de Junta Directiva en las que se discutió el tema”; haya sido contestada a la amparada, indicó la Sala.
Fue hasta el 12 de abril, que la CCSS indicó que las actas podían revisarse en el sitio web de la institución.
Los magistrados de la Sala determinaron que pasaron más de 10 días para que brindaran la información completa, ya que al 18 de abril no habían dado respuesta completa a las solicitudes de información.
Por esta situación, los magistrados declararon con lugar el recurso y condenaron a la Caja al pago de costas, daños y perjuicios.
“Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Beatriz Guzmán Meza, en su condición de Secretaria de Junta Directiva y a Gerald Iván Montero Rony, en su condición de jefe a.i. del área de Comunicación y Extensión Cultural de la Dirección de Comunicación Organizacional, ambos de la Caja Costarricense de Seguro Social o a quienes ocupen tales cargos, que giren las órdenes pertinentes y lleve a cabo todas las actuaciones necesarias que estén dentro del ámbito de sus competencias”, concluye el por tanto.
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Rachell Matamoros